Cuando puedo volver a cambiar de Obra Social?

Conocer tu fecha e cambio te a el control para decidir cuando cambiar de cobertura medica cuando derivas aportes

Cuando puedo cambiar?

Si derivas tus aportes a una obra social, podes volver a ejercer la opción de cambio una vez cada 12 meses

¿Qué se necesito?

Acceso a internet y el  numero de Cuil/Cuit

Donde gestionar la consulta?

La consulta es 100% online 

Verifica tu fecha de cambio de obra social ahora

Solo necesitas tu Cuil/Cuit:

Todo lo que tenes que saber de Obra Sociales

¿Qué son las obras sociales?

Las obras sociales son agentes del seguro de salud. Tienen que cubrir todas las prestaciones del Programa Médico Obligatorio y los medicamentos que esas prestaciones requieran.
También deben dar otras prestaciones sociales.
Todas las obras sociales deben inscribirse en un registro a cargo de la Superintendencia de Servicios de Salud. 

¿Quiénes deben estar afiliados a la obra social si sos empleado en relación de dependencia?

Deben estar afiliados:

  • Los trabajadores en relación de dependencia.
  • El grupo familiar primario de los trabajadores en relación de dependencia.
  • Las personas que conviven con el trabajador en relación de dependencia y reciben trato familiar.
¿Cómo está formado el grupo familiar primario?

El grupo familiar primario está formado por:

  • El cónyuge del afiliado titular.
  • Los hijos solteros hasta los 21 años que no estén emancipados.
  • Los hijos solteros mayores de 21 años y hasta los 25 años que están a cargo del afiliado titular y estudian.
  • Los hijos incapacitados y a cargo del afiliado titular, mayores de 21 años.
  • Los hijos del cónyuge.
  • Los menores en guarda o tutela del beneficiario titular.

La Superintendencia de Servicios de Salud puede autorizar que queden incluidos como beneficiarios otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del beneficiario titular y que estén a su cargo. En este caso, se fija un aporte adicional igual al 1,5% por cada una de las personas que se incluyan.

¿Tengo que estar afiliado un tiempo antes de recibir las prestaciones de mi obra social?

No. Tenes derecho a todas las prestaciones del Programa Médico Obligatorio desde el momento mismo de tu afiliación.

Está prohibido que te impongan tiempo de espera o los llamados plazos de carencia para darte esas prestaciones.

¿La obra social puede darme de baja?

 La obra social no puede darte de baja sin causa justificada. La obra social no puede darte de baja por un motivo discriminatorio. 

 

¿Puedo dar de baja la obra social?

La obra social no se da de baja, solo se cambia cuando ya cumplís el plazo mínimo de permanencia.

Una vez cumplido el plazo, podes elegir de forma libre obra cobertura de salud.

Si me cambiaron de Obra social sin mi consentimiento, puedo dar de baja?

Sí, puedes solicitar la anulación del cambio y mantener tu cobertura original dentro de los primeros 30 dias de registrado el cambio, una vez concurrido el plazo no se puede gestionar la reversion.  

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) reconoce que los cambios realizados sin consentimiento son fraudulentos y ofrece herramientas digitales para anular dicha opción de cambio si has sido víctima de una estafa o maniobra engañosa. 
Es fundamental denunciar el caso escribiendo a consultasyreclamos@sssalud.gob.ar o interponiendo un reclamo formal, ya que la Defensoría del Pueblo ha iniciado investigaciones sobre estas irregularidades para proteger tu derecho a la libre elección.
Para evitar futuros cambios no deseados, se requiere Clave Fiscal Nivel 3 para realizar cualquier trámite de cambio, y nunca debes compartir tus credenciales con "gestores" externos.

® 2026 Diseñado por Landingpagear
💬 Consultá con un asesor